Autoridad debe garantizar derecho de acceso a propiedad: CNDH

19/06/2013 - 4:47 pm

México, 19 Jun. (Notimex).- La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) instruyó a la delegación Gustavo A. Madero para que garantice a un ciudadano el acceso a su propiedad, luego que por omisión autorizó construcciones en la vía pública que desde 1991 le impiden el ingreso.

En su recomendación 12/2013 dirigida a las autoridades de la demarcación, refirió la invasión de particulares a la vía pública, y acredita la violación a los derechos a una vivienda adecuada, a la habitabilidad como elemento de este mismo, el derecho a la seguridad jurídica y a la justicia.

Citó que la peticionaria indicó a la CDHDF que la autoridad delegacional permitió la construcción de locales comerciales y vivienda en la vía pública, mismas que provocaron la obstrucción del acceso a un inmueble de su propiedad.

Se trata de la propiedad ubicada en la calle Roberto Esquerro Peaza, manzana 44, lote 4, antes Felipe Ángeles, esquina con la calle Darío Fernández, antes Francisco I. Madero, en la colonia Palmita de esta demarcación.

«Se inició el procedimiento administrativo de recuperación de vía pública, por lo que los afectados interpusieron un juicio de nulidad que fue resuelto a su favor, por la omisión de la autoridad de atender la debida diligencia en su tramitación», dijo.

El organismo indicó que a pesar de los diversos recursos jurídicos interpuestos, la jefatura de la delegación no ha recuperado la vía pública, e impedir acceso al inmueble ha provocado su deterioro hasta volverlo inhabitable, además de la destrucción e invasión por los vecinos.

La comisión expuso que la autoridad delegacional dijo que la peticionaria no acreditó el interés jurídico sobre el inmueble, lo que derivó en el rechazo a las rentas solicitadas por la ciudadana, sin embargo, con la escritura 21,130 la agraviada acreditó la propiedad.

«La CDHDF estima que la delegación Gustavo A. Madero violó en perjuicio de la peticionaria el derecho a la protección judicial y a las garantías judiciales ya que debido a las omisiones de la autoridad delegacional, particulares invadieron la vía pública ya que construyeron sobre ella», señaló.

En el curso de estos años la autoridad efectuó procedimientos administrativos infructuosos para recuperar la vía pública, afectando los derechos de la quejosa, por lo que el organismo consideró transcurrido un tiempo razonable para efectuar estas acciones y reparar el daño a la peticionaria.

En este sentido la CDHDF recomendó iniciar el procedimiento de recuperación de la vía pública, realizar verificaciones en materia de protección civil y establecimientos mercantiles.

También, dar vista a la Contraloría Interna de la Delegación 2 a fin que se investigue a los servidores públicos de la delegación, responsables de haber iniciado el procedimiento de recuperación de vía pública mediante acuerdo JDGAM/DGJG/1590/2011, integrado al expediente JDGAM/PRA/DT-10/025/2011 y que omitieron realizar las acciones conducentes para desahogarlo de forma diligente.

Contemplar además un manual de procedimientos de la Dirección Jurídica y de gobierno de la demarcación, qué área resolverá los procedimientos de la vía pública, definiendo tiempos de entrega de notificación, inicio del procedimiento y la entrega de resolución en un plazo razonable.

La recomendación instruye indemnizar a la quejosa con 100 mil pesos, dar apoyos mensuales por tres mil 200 pesos hasta la recuperación de la vía pública y otorgue en un plazo no mayor de seis meses, 517 mil 200 pesos como reparación del daño material a la quejosa por el tiempo que no ha podido acceder ni habitar su propiedad.

Además si en un año no se recupera la vía, se otorgue a la quejosa un predio de su aceptación con condiciones similares o mejores que el inmueble actual.

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Redacción/SinEmbargo
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